La Contraloría General de la República (CGR) determinó que el cese del profesor Juan Sánchez Gutiérrez, dispuesto por el Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Barrancas bajo la causal de supresión de horas del artículo 72, letra j), de la Ley N° 19.070, no se ajustó a derecho. El organismo fiscalizador ordenó su inmediata reincorporación.
A través del Oficio N° OF149013/2026, la Contraloría acogió el reclamo del docente, quien impugnó el término de su vínculo laboral en el Liceo Héroes de la Concepción por carecer de fundamentación pedagógica suficiente.
¿Qué determinó Contraloría?
El SLEP justificó la medida en una disminución de matrícula del establecimiento, pero el organismo constató que esa razón nunca fue consignada en el acto administrativo de cese. Tampoco se explicó de qué forma esa baja incidía específicamente en el profesor afectado, ni se acreditó la aplicación efectiva del orden de prelación que exige el artículo 73 del Estatuto Docente para garantizar objetividad en este tipo de decisiones.
Además, se detectaron inconsistencias entre el Plan Anual Local de Educación Pública (PAL) —que mantenía el mismo número de cursos para 2026— y las cifras de matrícula usadas para fundar el cese.
Las consecuencias para el SLEP
Contraloría instruyó al Servicio Local de Educación Pública Barrancas:
- Reincorporar al profesor a sus labores.
- Pagarle las remuneraciones no percibidas durante el período de cese.
- Informar el cumplimiento de estas medidas dentro de 10 días hábiles.
Un precedente relevante
Este dictamen refuerza un criterio clave para las y los docentes: toda supresión de horas debe estar debidamente fundamentada en razones técnico-pedagógicas, contenidas en el Plan Anual, y respetar rigurosamente el orden de prelación establecido por ley. Las decisiones que no cumplan estos estándares pueden ser revertidas por la vía administrativa.
Desde el Colegio de Profesoras y Profesores Regional Metropolitano celebramos este nuevo triunfo del equipo jurídico, que reafirma nuestro compromiso de defender los derechos laborales de las y los docentes frente a decisiones arbitrarias de los servicios locales.
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