Colegio de Profesores Regional Metropolitano denuncia desvinculaciones irregulares y supresión arbitraria de horas en el SLEP Barrancas

Las directivas comunales de Cerro Navia, Pudahuel y Lo Prado, junto al Regional Metropolitano, alertan sobre vulneraciones a la Ley N° 21.803 y al procedimiento administrativo, y exigen una reunión urgente con el Director Ejecutivo del Servicio Local.

Los dirigentes de las comunas afectadas, junto al Regional Metropolitano del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile, emitieron un comunicado oficial en el que denuncian una serie de irregularidades que vulneran los derechos laborales de la comunidad docente del Servicio Local de Educación Pública Barrancas.

El documento, firmado también por el Regional Metropolitano del Colegio de Profesores, identifica dos situaciones de especial gravedad que requieren atención inmediata por parte de las autoridades del Servicio Local.

Desvinculaciones que violan el derecho a la titularidad

El primer punto del comunicado apunta a un patrón preocupante: la administración del SLEP Barrancas habría procedido a desvincular a docentes que, conforme a los requisitos establecidos por la Ley N° 21.803, tienen derecho a adquirir la condición de titular, es decir, a contar con estabilidad en su puesto de trabajo.

“Esta situación no solo representa una vulneración a los derechos individuales de cada docente afectado o afectada, sino también un incumplimiento grave de la normativa vigente que el Servicio Local está obligado a respetar.”

Comunicado Oficial, Comunales SLEP Barrancas.

La ley referida establece las condiciones bajo las cuales los profesores y profesoras del sistema de educación pública adquieren estabilidad laboral. Su inobservancia por parte de la administración no sería un error aislado, sino una práctica que el gremio describe como sistemática.

Supresión de horas sin respaldo ni notificación legal

El segundo foco de alerta tiene que ver con la supresión de horas a docentes mediante resoluciones que, a juicio del Colegio, carecen de fundamentación suficiente y no han sido notificadas dentro de los plazos que la ley exige.

El comunicado cita expresamente la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos en Chile. Sus artículos 45 y 51 disponen que todo acto administrativo que afecte a una persona de manera individual debe ser notificado en forma oportuna, garantizando así el ejercicio del derecho a defensa y a impugnar la decisión.

Marco normativo en juego

  • Ley N° 21.803: Regula los derechos a titularidad de docentes en el sistema de educación pública.
  • Ley N° 19.880, arts. 45 y 51: Establece la obligación de notificar actos administrativos individuales dentro de los plazos legales.

El incumplimiento de estos plazos “constituye una irregularidad de procedimiento que puede tener consecuencias jurídicas importantes”.

Reunión urgente con el Director Ejecutivo

Ante este panorama, las directivas comunales han solicitado de manera reiterada e inmediata ser recibidas por el director ejecutivo del SLEP Barrancas, don Patricio Canales. Los objetivos de la reunión son concretos: corregir los procedimientos que no se hayan ejecutado conforme a derecho y gestionar soluciones para los casos más críticos.

El comunicado enfatiza la urgencia de la respuesta: “cada día que transcurre sin solución puede implicar perjuicios irreparables para nuestras y nuestros colegas”.

Llamado a la unidad docente

Hacemos un llamado a todas las profesoras y profesores del Servicio Local Barrancas a mantenerse alerta e informados, y a contactar a sus dirigentes comunales ante cualquier situación que les afecte. La información oficial, precisan, será entregada oportunamente por los dirigentes de cada comunal.

Loading

Scroll to Top