En atención a múltiples solicitudes de aclaración por parte de comunidades escolares, equipos directivos y docentes de la región, el Regional Metropolitano del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile presenta la siguiente síntesis del dictamen N° E122814/2025 de la Contraloría General de la República, relativo a los descuentos por incumplimiento de la jornada laboral docente.
1. Procedencia del descuento
La Contraloría reitera que no procede el pago de remuneraciones por días u horas no trabajadas, en virtud del principio de inexigibilidad del pago sin prestación de servicios, consagrado en los artículos 72 de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) y 98 de la Ley N° 18.883 (Estatuto de los Funcionarios Municipales).
Los descuentos deben realizarse de forma proporcional al tiempo no trabajado: por día completo, media jornada u hora, y deben aplicarse en el mes correspondiente o, de haberse ya pagado, en el siguiente.
2. Recuperación de clases: efectos en los descuentos
El dictamen establece que la recuperación efectiva de las clases sí puede dejar sin efecto los descuentos, siempre que se cumplan cuatro requisitos fundamentales:
- Utilidad pedagógica: la recuperación debe contribuir efectivamente al cumplimiento del plan de estudios.
- Autorización previa del empleador: la recuperación debe ser visada formalmente por la autoridad correspondiente.
- Realización fuera del horario contractual: no puede reemplazar horas dentro de la jornada habitual.
- Registro y control formal: debe existir evidencia administrativa de su ejecución y asistencia.
En caso de cumplirse todas estas condiciones, no corresponde realizar descuentos. Si estos ya se aplicaron, procede el reintegro de las sumas descontadas.
3. Rol de las direcciones de establecimientos y sostenedores
Se señala que corresponde a los jefes de unidad técnica o directores certificar las ausencias y emitir los informes que fundamenten el descuento. Asimismo, son responsables de aprobar y registrar las instancias de recuperación cuando proceda.
Como Regional Metropolitano, enfatizamos que este dictamen NO establece la irrevocabilidad de los descuentos si existe recuperación efectiva y debidamente autorizada. Con este dictamen se terminan las incertidumbres sobre la realización de los descuentos, sin embargo la Contraloría General de la República nuevamente vulnera y debilita la acción gremial pasando a llevar la lucha revindicatoria de los docentes que velan siempre por mejores condiciones para las escuelas y los estudiantes.
Instamos a nuestras y nuestros colegas a exigir el respeto a sus derechos laborales y a documentar formalmente todo proceso de recuperación. Del mismo modo, hacemos un llamado a las direcciones y sostenedores a respetar el marco legal vigente y a evitar interpretaciones que perjudiquen injustamente a las y los docentes comprometidos con su labor educativa.