Comunicado Público

Ante los recientes oficios emitidos por la Contraloría General de la República en relación con el Paro Nacional Docente, el Directorio Regional Metropolitano declara lo siguiente:

1. En atención a los oficios N° E92242/2025 y N° E93773/2025, emitidos por la Contraloría General de la República los días 4 y 6 de junio del presente año, respectivamente —y dirigidos a los Servicios Locales de Educación Pública y a diversas municipalidades—, se instruye informar sobre las medidas adoptadas para dar continuidad al servicio durante la paralización convocada por nuestro gremio, así como sobre las acciones dispuestas para efectuar descuentos de remuneraciones y otras providencias relacionadas con la situación.

2. Asimismo, el Oficio N° E93887/2025, de fecha 6 de junio de 2025, establece que la facultad de disponer la recuperación de clases tiene por objetivo el cumplimiento de los planes de estudio. Sin embargo, señala que la ejecución de estas horas dentro de la jornada laboral, incluso con autorización de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, no constituye causal suficiente para justificar plenamente las inasistencias, ni impide que la autoridad ordene la rebaja de los estipendios correspondientes.Frente a lo anterior, como Directorio Regional manifestamos:

1. Reafirmamos que, conforme a dictámenes previos de la misma Contraloría (N° 28.043/2016, N° 22.047/2016 y N° 52.122/2009), cuando la autoridad administrativa dispone la recuperación efectiva de las clases suspendidas, carece de fundamento ordenar descuentos de remuneraciones, ya que los y las profesionales de la educación estarían cumpliendo con su jornada laboral y funciones esenciales.

2. Consideramos preocupante y cuestionable que un organismo autónomo como la Contraloría General de la República —bajo la actual gestión de la Contralora Dorothy Pérez— haya emitido estos oficios mientras se desarrollaba el Paro Nacional Docente. Esta coincidencia podría interpretarse como una acción de carácter político, orientada a desincentivar la legítima participación de los docentes en movilizaciones gremiales. Esta conducta contraviene el derecho a sindicación y no discriminación establecido en el Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tratado internacional vigente y ratificado desde el año 2000 por Chile.

3. Exigimos a la Contralora Dorothy Pérez la misma diligencia y celeridad mostrada en estos oficios, cuando se trate de fiscalizar y sancionar incumplimientos de los laborales de los docentes: pago oportuno de remuneraciones y cotizaciones previsionales, resguardo de su integridad física y psíquica, y condiciones adecuadas para el ejercicio de la labor docente.

Reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de la educación pública y los derechos de quienes la hacen posible día a día en las aulas.

Directorio Regional Metropolitano Colegio de Profesoras y Profesores de Chile

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