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Derecho a Sala Cuna y ley de teletrabajo: Documentos explicativos

Les dejamos a continuación el dictamen con que la Dirección del Trabajo se pronuncia respecto al derecho a sala cuna, estableciendo que si el empleador, a causa de la pandemia, está imposibilitado de cumplir con su obligación legal, en razón de la prohibición que impuso el decreto exento 322 del MINSAL donde no se permite el funcionamiento de sala cuna y jardines infantiles, le instruye a los empleadores a pagar a los y las trabajadoras que tengan hijo menor de dos años, un bono compensatorio para dar cumplimiento a su obligación.

Este dictamen rige para todos los y las trabajadoras de nuestro país, ya que las normas de protección a la maternidad y paternidad se van a regir exclusivamente por lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Código del Trabajo, no importando si el trabajador tiene legislación propia ya sea del sector público, privado o inclusive por estar ligado a las FFAA y Carabineros.

También se establecen las vías de denuncias ante posibles incumplimientos del empleador (www.dt.gob.cl).

Más abajo les dejamos un segundo documento que es bastante didáctico e informativo, en que se sintetiza lo central de la ley de teletrabajo.

Esta labor de investigación se realiza gracias al trabajo inicial de la abogada de nuestro Regional: Sylvia Achiardi.

Dictamen N 1884 014 11 06 2020 Derecho a sala cuna - Emergencia sanitaria COVID-19.

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Nueva victoria judicial de nuestro Regional en Independencia

Un caso de ‘Tutela laboral’ se desarrolló y se ganó, en contra de la Ilustre  Municipalidad de Independencia, hace pocos días a cargo de la abogada de nuestro Regional Metropolitano del Colegio de Profesores: Silvia Achiardi.

El alegato se basó en el menos cabo en contra del Profesor Héctor Daza y se hizo ante el 2o Juzgado de letras de Santiago, el cual dictó sentencia el 01 de agosto de 2017, la que fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago el 28 de diciembre pasado.

“En dicho fallo judicial se le ordeno restituir al profesor al cargo del cual había sido apartado de forma arbitraria, y además menoscabando su calidad de profesor titular y encargado del Centro de Recursos Académicos (CRA), destinándolo como co-docente de aula. Con fecha 01 de marzo de 2018 por orden del tribunal, el municipio procedió a reincorporar al profesor a sus funciones como encargado de CRA”, nos explica la abogada Achiardi.

“Se trata de un profesor titular que trabajaba como encargado del CRA de la comuna, quien de pronto y sin argumentos de peso, es trasladado a otro establecimiento. Nosotros iniciamos un proceso judicial pues las cosas no son tan simples, no es llegar y decidir trasladar a alguien por un motivo arbitrario. No habían elementos de peso para el traslado por lo tanto la Justicia falló a nuestro favor y el colega debió ser devuelto a su lugar de trabajo (…) Yo sigo preocupada pues, como una conoce la realidad de otras comunas o establecimientos con directores autoritarios, me interesa que el colega no sea maltratado ni se le persiga posterior a este fallo. Fue una victoria de nuestro Regional y nuestra abogada Sylvia Achiardi, lo que da señal de apoyo real para nuestros colegas que están colegiados al gremio” afirmó la directora del  Metropolitano y encargada del departamento de Profesores Jubilados, Patricia Muñoz.




Victoria judicial en caso por despido injustificado en San Pedro de Melipilla

Un proceso judicial por ‘Tutela laboral’ y ‘despido injustificado’ en contra de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Melipilla, a raíz de la no renovación del contrato para el año 2017, razones gremiales y en subsidio, es el que defendió Sylvia Achiardi, abogada del Regional Metropolitano, apuntando a indemnización por años de servicios en favor del profesor Osvaldo Parra.

Todo se llevó a cabo ante el Juzgado de Letras de Melipilla, el cual, con sentencia fechada el 02 de febrero de 2018, ordenó el pago de la indemnización por años de servicios, por no haberse justificado la no renovación del docente y no haber notificado en tiempo y forma la renovación, así como por la vulneración grave de la legítima confianza que se había generado al docente ante la idea de que continuaría con su fuente laboral, para el año siguiente.

Finalmente este 12 de marzo de 2018, al docente se le hizo pago efectivo de su indemnización en las dependencias del tribunal.

La abogada Sylvia Achiardi explicó: “Este es un fallo histórico ya que es uno de los pocos en que a un profesor a contrata un tribunal de la República le ha reconocido una indemnización por sus años de servicios; vemos así  la homologación que están haciendo los tribunales de justicia al igualar al empleado público con los beneficios y derechos de los empleados particulares en lo que se refiere a la forma en que deben ser notificados de su no renovación respecto de las contrata para el año siguiente.  Es preciso recordar que los municipios tenían como práctica habitual no informar a los profesores de su no renovación y, cuando lo hacían, era una vez que se había iniciado el año escolar, obligándolos a aceptar condiciones paupérrimas de trabajo para no quedarse sin una fuente de ingresos. Este fallo marca un precedente muy  importante, ya que aportará a que los municipios respeten a los docentes y sus derechos, sobre todo al momento de terminar su contratación. De esta forma estamos dignificando y situando en un lugar de respeto a los docentes, que han recibido de esta manera el amparo y reconocimiento de los propios Tribunales del Trabajo.”

Fundamental en la obtención del fallo fue la declaración en el juicio de la Dirigenta del Colegio De Profesores del Provincial Melipilla Mery Vergara, quien con su testimonio dejó de manifiesto ante el tribunal que los profesores son maltratados y perseguidos manipulándolos siempre con la amenazada de la no renovación de su contrata.

Un gran fallo y un gran paso para dignificar aún más a la noble profesión Docente.